TERMINOLOGÍA JURÍDICA EN LATIN

TERMINOLOGÍA JURÍDICA

LOCUCIONES EN LATÍN
  1. Actio de in rem verso: llamado también acción de enriquecimiento sin justa causa, es una figura jurídica contemplada en el Código de Comercio a través de la cual podemos recuperar algo que una persona obtiene sin motivo alguno, y que se puede decir que nos pertenece, el código de comercio establece que nadie podrá enriquecerse sin justa causa a expensas del otro.
  2. Ad hoc: para esto, para un fin particular
  3. Ad hominem: contra la persona
  4. Ad honorem: para calificar una función ejercida sin retribución alguna.
  5. Causa petendi: se denomina causa petendi, a la pretensión o la razón de mérito por la cual se ha entablado un proceso judicial.
  6. Curador adlitem: defensor que se le asigna a la parte demandada cuando esta no esta determinada en el proceso, por lo que es el curador adlitem quien comparece al proceso en representación de éste hasta que la parte demandada sea localizada.
  7. Dura lex, sed lex:  dura es la ley, pero es la ley.
  8. Ejusdem: es una frase proveniente del latín que significa “igual” o “lo mismo”. Generalmente este término es utilizado más que todo en aspectos legales refiriéndose a la norma o a la ley que fue escrita previamente o que se mencionó antes.
  9. Erga omnes: con relación a todos
  10. Estricto sensu: en sentido estricto o formal.
  11. Íbidem: En citas, notas, referencias e índices, este españolizado adverbio latino significa en el mismo texto o lagar.
  12. Ídem: en citas bibliográficas se utiliza para señalar un texto ya antes mencionado.
  13. Diferencia entre Idem e Ibídem: En caso de que se tratase de una página diferente, pero de la misma obra citada, se utiliza ibídem, incluyendo a continuación la página Ídem se utiliza cuando la cita actual proviene de la misma obra y de la misma página que la cita inmediatamente anterior. 
  14. In dubio pro reo: llamado también principio de favorabilidad penal, en el cual ante un cambio en la ley que le resulte favorable al acusado deberá serle aplicado.
  15. Ipso iure: por el mismo derecho
  16. Iura novit curia: principio que menciona que el juez debe ser conocedor del derecho por lo que los asuntos presentados ante él deben ser ajustados a la ley.
  17. Ius cogens: Con esta expresión se designa al Derecho impositivo o taxativo que no puede ser excluido por la voluntad de los obligados a cumplirlo, por contraposición al Derecho dispositivo o supletivo, el cual puede ser sustituido o excluido por la voluntad de los sujetos a los que se dirige.
  18. Juez ad quem: juez de segunda instancia o tribunal que resuelve la apelación.
  19. Juez ad quo: Juez de conocimiento de primera instancia.
  20. Lato sensu: significa en sentido amplio, se utiliza cuando se refiere a determinado termino en un sentido mayor y generalizado.
  21. Litis:conocido como litigio o contienda, expresión eminentemente concebida por Carnelutti.
  22. Litis finitae: pleito acabado o finiquitado, se le denomina de esta manera a aquel proceso que ha concluido favorablemente.
  23. Litis pendentiae: o también litigio pendiente, se usa con frecuencia cuando se está refiriendo a un proceso anterior que aun no ha sido resuelto.
  24. Mortis causa: causa de muerte, modalidad en la que recae la sucesión.
  25. Nasciturus: se le denomina así al que está por nacer, se configura como sujeto de derechos desde el momento en que es concebido.
  26. Nominatio auctoris: se le llama así al tercero pretendiente en el proceso.
  27. No reformatio in peius: significa
  28. Non bis in idem: nadie puede ser juzgado dos ves por el mismo hecho.
  29. Obiter dictum: o motivaciones expresadas por el despacho judicial o alta corporacion judicial sobre la cual recae la razon de la decision o ratio decidendi; esta compuesta por la doctrina relacionada con el asunto y funciona como criterio auxiliar en caso de que no haya ley aplicable a determinado asunto.
  30. Pacta sunt servanda:  principio que significa que los pactos en firme deben ser cumplidos estrictamente.
  31. Prima facie: a primera vista.
  32. Ratio decidendi: o razón de la decisión, se configura como una de las partes mas importantes de la sentencia judicial por lo que su introducción es vinculante al proceso, funciona como fuente formal de derecho porque su estructura hace parte de una linea jurisprudencial.
  33. Sub índice: pendiente de resolución judicial.
  34. Tercero ad excludendum: parte interviente en el proceso judicial, funciona con el animo de que su intervención en el mismo aporte favorablemente a una de las partes ya sea demandada o demandante.
  35. Ultima ratio: razón última.
  36. Ultra petitum: más allá de lo pedido.
  37. Ut supra: como ambas,más arriba ("como se explicó ut supra")



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