1. ¿Con que se vincula probar?
2. Diferencia entre la concepción de probar de
CARNELUTTI y de RODRIGO RIVERA:
Para CARNELUTTI probar no consiste
solamente en evidenciar un hecho sino en verificar un juicio o lo que es igual,
demostrar su verdad o falsedad, para el autor no solo basta esto si no se
demuestra la existencia o inexistencia del hecho.
3. ¿Qué consecuencia acarrea la inexistencia
del sistema probatorio?
Significa que los derechos subjetivos
de las personas no tendrían eficacia externa, el proceso justo, el derecho de
defensa y la garantía en general de los derechos. Lo cual daría pie a la
anarquía y a la inseguridad.
4. Definición de probar desde el punto de vista
subjetivo:
Se define como el derecho que se
tiene que demostrar y se crea en la certeza de un hecho.
5. ¿Cuáles son los enfoques fundamentales en el
derecho procesal sobre finalidad de la prueba?
Congoscitivismo racional garantista
Garantismo procesal o decisionismo
procesal.
6.¿Cuál es el objeto principal del proceso
judicial según el decisionismo procesal?
Resolver el conflicto entre las dos
partes del caso concreto.
7. ¿Qué es la prueba según TARUFFO?
La prueba es el instrumento que le
proporciona al juez la información que necesita para establecer si los
enunciados sobre los hechos se fundan en bases cognoscitivas suficientes y
adecuadas para ser consideradas.
8. En
la relación prueba-verdad en el campo jurídico podemos ver dos formas ¿cuáles
son?
De carácter conceptual: un juicio o
proposición está probada si es verdadero y hay elementos suficientes a su
favor, aquí la relación supone un resultado, pero puede ocurrir que una
proposición este probada y sea falsa.
De carácter teleológico: la verdad es
la finalidad de la actividad probatoria, en este sentido la verdad no juega rol
definitorio de la prueba.
9.
En el proceso se pueden diferenciar dos
momentos según la teoría procesal ¿cuáles son estos?
La cognición y la ejecución forzada.
10.
¿Según CALAMANDREI la cognición hacia que se
dirige?
Hacia la declaración de certeza de un mandato individualizado.
11.
¿Según LIEBMAN cuáles son los objetos que
tiene por necesidad la cognición del juez?
La declaración de certeza de los
hechos y la aplicación del derecho.
12.
Definición de proceso según GOLDSCHMIDT
Es la única manera segura de
acercarse a la verdad y a la justicia dentro de las posibilidades humanas.
13.
¿Cuáles son los puntos de vista de TARUFO sobre
las tendencias que presentan objeción a la posibilidad de la verdad en el
proceso?
La imposibilidad teórica, la
imposibilidad ideológica y la imposibilidad práctica.
14.
¿Cuándo es procedente la aplicación de la
consecuencia jurídica?
Cuando se prueba el supuesto factico
de la norma.
15.
¿desde el punto de vista epistemológico
cuando se descubre la verdad en el proceso?
Se descubre cuando se establece la sustentabilidad,
verificabilidad, aceptabilidad y no refutación de la hipótesis acusatoria,
erigiéndose esa verdad como garantía y condición de validez de la sentencia de
condena en el proceso penal y de la demanda o resistencia en el proceso civil.
16.
Para CAFFERATA que es lo que determina una
decisión judicial garantista?
Una visión epistemológica garantista
acerca del conocimiento del proceso
17.
¿Qué son objeto de prueba según PARRA
QUIJANO?
Las realidades susceptibles de ser
probadas, sin relación con ningún proceso en particular, se trata de una noción
objetiva y abstracta.
18.
¿Cuál es el objeto de la prueba según CARNELUTTI?
Son las afirmaciones de las partes.
19.
¿Cuál es el objeto de la prueba según
CHIOVENDA?
Son los hechos no admitidos y no
notorios, ya que los hechos no pueden negarse.
20.
DEVIS ECHANDIA precisó así: a) por objeto de
la prueba entiende que es aquello sobre lo que puede recaer la prueba, como se
puede ver es una noción objetiva y abstracta. b) por necesidad es lo
equivalente a tema de la prueba, es decir lo especifico de cada proceso en
materia probatoria, tiene relación con el proceso concreto pues es lo que debe
probarse en él, c) carga, viene determinado por el interés que tiene cada una
de las partes de probar en el proceso para que le sirva de fundamento para una
decisión judicial favorable.
21.
¿según MONTERO AROCA cuál es la Diferencia
entre objeto de prueba y tema de prueba?
El primero hace referencia a las
realidades que en general pueden ser probadas y el segundo se refiere a lo que
debe probarse en un proceso concreto y se declare la consecuencia jurídica
pedida por la parte.
22.
¿Según RIVERA, cual es el objeto de la
prueba judicial?
Aquellos hechos materiales o
conductas humanas que se alegan como fundamento del derecho que se pretende y
que sean de interés para el juicio y que puedan ser susceptibles de
demostración histórica.
23.
¿Cuál es la concepción de STEIN sobre el
objeto de la prueba?
Su concepción se basa en que son solo
los hechos el objeto de la prueba y no su afirmación.
24.
¿Cuales son las partes que constituyen la
discusión en el proceso judicial?
Las afirmaciones sobre hechos, los
hechos reales y el derecho.
25.
¿Según RIVERA cuál es la finalidad de la
prueba?
Producir la certeza en el juez sobre
la existencia o inexistencia de determinados hechos.
26.
¿Cuáles son los hechos que fundamentan la
pretensión y que pueden ser probados en el proceso?
Todo lo que pueda representar la
conducta humana, los hechos de la naturaleza, las cosas u objetos materiales y
aspectos de la realidad material, la persona humana, el estado o hechos
síquicos o internos del hombre, la relación causal, los hechos imposibles y los
hechos potenciales
27.
Algunos hechos de la naturaleza que al
ocurrir producen consecuencias jurídicas al instante.
Por ejemplo la muerte o el nacimiento
de una persona
28.
¿Qué es la teoría de la causalidad?
Es un modelo cognoscitivista que
utilizamos para interpretar relaciones
entre fenómenos o eventos con bases a datos de la experiencia.
29.
¿Según el autor la relación causal es un
hecho a probar o es una conexión subjetiva de la persona?
El autor cree que es un hecho que se
explica a través de la conexión lógica entre factores
30.
¿Diferencia entre la causalidad general y la
específica?
La primera establece que la
ocurrencia de un tipo de hecho “I” puede determinar la ocurrencia de otro tipo
de hecho “D”, en el ámbito de determinadas circunstancias controladas, la
segunda pauta que un hecho especifico, en una situación particular y concreta,
ha causado la parición de otro hecho especifico y determinado, debe entenderse
que de la existencia de una relación causal general no puede derivarse la
demostración de la existencia de una causalidad particular o individual.
31.
¿En qué se sustenta la causalidad jurídica?
Se sustenta en la ocurrencia de la
causalidad material.
32.
¿Qué es la prueba según RIVERA?
Es la realización de los medio
probatorios que trasladan las fuentes en donde están estampadas las huellas de
los hechos.
33.
Argumente porque el juez no puede basarse en
hechos predictivos
Porque el juez no debe tomar en
cuenta una formulación especulativa sobre hechos que llegaren a ocurrir, ya que
dicha especulación no pasa de ser una mera probabilidad en el sentido de que
puede ser que ocurra, por tanto la prueba debe ser reconstructiva nunca
predictiva.
34.
Según lo leído ¿ud cree que el juez puede
someter su decisión en base a hechos imposibles?
Como lo menciona el autor un hecho
imposible es un pecho inexistente por lo cual está exento de prueba, aunque al
inferir la imposibilidad del hecho podría hablarse de un hecho que llegare a
ocurrir es decir un hecho futuro y por ende el juez no debe basarse en meras
probabilidades.
35.
¿De qué trata la abducción?
Trata de que frente a un caso o un
resultado se pueda inferir una regla. Se persigue poder explicar el caso o el
resultado y que sea válido en igualdad de circunstancias en otros casos pero
que además justificara cualquier otro dato exactamente igual a futuro.
36.
¿Qué es la probática según MUÑOZ SABATÉ?
Es una ciencia praxológica sin
regulación de normas procesales.
37.
Hecho para MUÑOZ SABATÉ:
Un hecho es un suceso, es decir una
secuencia de hechos.
38.
Clasificación de los hechos:
DE ACUERDO A LA VOLUNTARIEDAD DE LA
ESTAMPACIÓN PUEDEN SER:
a) espontáneos dado que no hay
intervención de voluntad humana para que quede impresión del hecho, por ejemplo,
la lluvia, un testigo que pasa casualmente y ve un atraco.
b) pre-constituidos, hay la
voluntad de registrar el hecho nuclear y se pre-constituye la fuente. Es
equivocado hablar que se pre-constituye la prueba, ya que está se forma en el
proceso en la práctica de los medios probatorios. Por ejemplo, los testigos
para un allanamiento, la firma en notaría de un documento, la grabación de una
intervención telefónica autorizada judicialmente.
SEGÚN SU CAPTACIÓN SENSITIVA PUEDEN
SER:
a) Observables
b)
No observables.
SEGÚN EL ALEJAMIENTO DEL TIEMPO
PUEDEN SER:
a) antiguos
o remotos, cuando hay una distancia significativa de tiempo.
b)
recientes o contemporáneos, cuando la distancia
de tiempo es cercana a su reproducción judicial.
EN CUANTO A SU MANIFESTACIÓN
PUEDEN SER:
a) externos, una
firma, presencia de alguien en un sitio.
b) internos, los
psíquicos.
SEGÚN SU ACERTIVIDAD PUEDEN SER:
a) positivos
b) negativos, que
a su vez pueden ser determinados o indeterminados o indefinidos.
39.
¿Qué es la prueba ilícita?
Aquella que en sentido absoluto o
relativo, es contraria a la forma establecida en la norma o va contra
principios y garantías protegidos por el derecho positivo que recoge además la
protección contenida en los tratados internacionales sobre derechos humanos.
40.
¿Qué quiere decir el autor cuando menciona
que los abogados tienden a blanquear los hechos?
Quiere decir que los abogados hacen
una manipulación de los hechos orientada a ganar el caso.
41.
¿Qué es la teoría del caso?
Es la narración o la historia
hipotética de los hechos, que los abogados toman como estrategia para el caso.
42.
Variables en la narración de los hechos
Tiempo y espacio.
43.
¿Qué es un hecho proceso?
Es una secuencia temporalmente
ordenada de acaecimientos, tal que cada miembro de la secuencia toma parte en
la determinación del miembro siguiente.
44.
¿Porque dice el autor que los enunciados
descriptivos son apofanticos?
Porque de ellos se deduce que se diga
la verdad o falsedad de algo.
45.
¿Porque los enunciados que expresan juicios de valor no pueden ser apofanticos?
Porque ellos pueden ser argumentados,
justificados y criticados, e incluso rechazados, pero no puede probarse su
verdad o falsedad.
46.
¿Cuáles son las tres fuentes típicas de la
prueba según CARNELUTTI que para DEVIS ECHANDIA son medio típicos de la prueba?
El testimonio, el documento y el
indicio.
47. ¿Para
SENTIS MELENDO cuáles son los medios y cuál es la fuente de la prueba?
Los medios son el testimonio y la declaración y la
fuente es el testigo.
48.
¿Según GUASP que es una fuente de prueba?
Son las operaciones mentales de donde el juez obtiene su propia
convicción.
49.
¿Qué es la actividad probatoria?
Es la actividad desplegada por las
partes o por el juez, para aportar u obtener el conocimiento de los hechos del
proceso a través de los medios, fuentes y la prueba y que haya una convicción
del juzgador sobre la realidad de aquellos.
50.
¿Qué es la actividad probatoria según MUÑOZ
SABATÉ?
La actividad probatoria equivale a la
búsqueda de las fuentes y al desarrollo y optimización de los medios.
51.
¿Qué son los medios de prueba según el
autor?
Son los caminos o instrumentos que se
utilizan para conducir al proceso la reconstrucción de los hechos acontecidos
en la “pequeña historia” que es pertinente al proceso que se ventila.
52.
¿según MONTERO AROCA que es una fuente de
prueba?
Es un concepto extrajurídico, que se
corresponde forzosamente con una realidad anterior al proceso y extraña al
mismo, pues, existe independientemente de que llegue a realizarse o no un
proceso.
53.
¿Qué pasa si la fuente no entra en el
proceso?
El proceso No
tendría consecuencias jurídicas pero si puede tener efectos materiales.
54. ¿qué
es una fuente de prueba según el autor?
Es el hecho
propiamente dicho y las personas y cosas anteriores al proceso que registraron
el hecho. Además de ser el órgano, instrumento o circunstancia que conduce la
impresión del hecho concreto al proceso
55. ¿Cuál
es la finalidad de demostrar los hechos en el proceso según TARUFFO?
Resolver
controversias jurídicas acerca de la existencia de derechos y no satisfacer
exigencias de conocimientos en estado puro.
56. ¿Qué
es el hecho jurídico?
No es
sencillamente el hecho, sino el hecho que existe en y por el derecho.
57. ¿Qué
es la norma jurídica?
Es una regla que determina las consecuencias que
deben seguir a ciertos hechos por ello define el hecho que es relevante.
58. ¿Qué
es el onus explanandi según MUÑOZ SABATÉ?
Es aquello que
debe ser próxima a los descriptores de la norma, expresados en forma precisa y
coherente, describiendo el tipo contenido en la norma.
59. Clases
de reglas según WROBLEWSKI:
Reglas
Para-Empíricas
No Empíricas
Contra-Empíricas
60. ¿En
que se basan las reglas para-empíricas
de evidencia jurídica?
Se basan en
regularidades empíricas, realmente es que relativo a lo normal, es decir, eso
ocurre regularmente.
61. ¿De
donde surge el hecho negativo desde el punto de vista de la probática?
Surge de la
afirmación de la no ocurrencia o no existencia de un hecho.
62. TARUFFO
identifica los tipos de hechos ¿cuáles son?
Los hechos
principales, los hechos jurídicamente relevantes o constitutivos, también
extintivos, impeditivos o modificativos.
63. ¿Qué es
el hecho principal para SABATÉ?
El hecho que
permite operar a la norma jurídica
64. Definición
y denominación del hecho principal según ROSS
Él denomina al
hecho principal como hecho
operativo, y lo define como el hecho
previsto por la norma para que genere la consecuencia jurídica.
65. Diferencia
entre hecho principal y hecho secundario o accesorio.
Los hechos
secundarios se distinguen de los principales por cuanto no reciben calificación
jurídica.
66. ¿Qué
deben hacer los hechos secundarios para operar en el proceso?
Están relacionados
con un hecho principal en cuanto faciliten su revelamiento, por lo cual
adquieren significado en el proceso solo si de ellos se extraer un argumento
acerca de la verdad o falsedad de un enunciado sobre un hecho principal.
67. Definición
de hecho secundario según RIVERA
Son aquellos que
sin ser sustancialmente constitutivos, extintivos, modificativos, impeditivos de la relación jurídica pueden,
sin embargo, afectar, directa o indirectamente, la existencia o inexistencia
del hecho principal.
68. Los
hechos secundarios son los únicos hechos no alegados que pueden ser conocidos
por el juez, siempre y cuando sean consecuencia lógica y natural, que
complementen y precisen el hecho principal de la controversia.
69. Diferencia
entre hecho molar y hecho molecular
El hecho molar es
el hecho total, a diferencia del hecho molecular que solo representa una
porción o segmento de una conducta, solo un elemento de la reacción total.
70. ¿Qué
es un hecho-proceso?
Es el resultado de
un conjunto de acciones escalonadas y simultanea
71. ¿Qué
es el espectro factual hipotético para MUÑOZ SABATÉ?
Es la
descomposición o atomización del hecho a probar.
72. ¿Qué
son hechos fáciles?
Experiencias
existenciales cuya adquisición, fijación y verificación fáctica se encuentra
jurídico-procesalmente exonerada e las reglas de contradicción y/o de inversión
o reparto del onus probandi/carga de la prueba.
73. ¿Qué
son casos fáciles para ATIENZA?
Son aquellos en
los cuales no es difícil la elaboración del silogismo judicial por cuanto no
precisan utilizar como elementos decisorios, criterios éticos o políticos.
74. ¿Qué
es un hecho difícil según CALVO GONZALES?
Son aquellos donde
el problema jurídico-procesal de conocimiento, esclarecimiento y puntualización
objetiva del sustrato factico de una experiencia existencial acoge en su
planteamiento, guía y resolución la índole compleja del razonamiento probatorio
de la valoración judicial.
75. ¿Cuándo
existen cuestiones de puro derecho según DEVIS ECHANDIA?
Cuando se trata de
principios o máximas abstractas que no
son objeto de pruebas.
76. Cuatro
hipótesis de PARRA QUIJANO:
Normas nacionales
para el territorio del estado, que deben ser conocidas por el juez, normas
escritas de vigencia local o seccional, que deben ser probadas por el
interesado , normas consuetudinarias
nacionales, también deben ser probadas, normas legales o consuetudinarias
extranjeras que hay necesidad que aparezcan acreditadas, de oficio o a petición
de parte.
77. ¿Qué
son las fuentes de derecho según MANUEL ARAGON?
Son los actos y
hechos a los que las normas sobre producción de un sistema jurídico concreto
atribuyen la capacidad de crear normas con validez erga omnes.
78. Definición
de fuente de derecho según PEREZ ROYO
Expresión genérica
de las diferentes categorías a través de las cuales se exteriorizan las normas
jurídicas.
79. ¿Qué
quiere decir el autor al mencionar que el sistema jurídico es “autopoeitico”?
Quiere decir que
tiene sus propios mecanismos de producción-reproducción.
80. Fuente
de derecho para el autor
Es toda expresión
de la forma de manifestación del sistema jurídico, que tiene validez y puede
ser exigido.
81. ¿Qué
es el derecho interno?
Es aquel que se
produce conforme a su constitución, es decir, la supremacía de ella se
manifiesta en cuanto a que ella misma establece como es la producción jurídica
en su ámbito espacial.
82. ¿Cuándo
se puede decir que una norma jurídica es válida?
Cuando ha sido
producida en la forma determinada por la norma superior.
83. BALAGUER
CALLEJON menciona que el ordenamiento requiere que haya una norma o conjunto
normativo en torno al cual se construye la unidad del ordenamiento porque en él
se definen las condiciones de producción y validez del resto de las normas.
84. ¿Qué
es la jerarquía normativa según el profesor ARAGON REYES?
Es el principal
principio rector del entero sistema de fuentes del derecho en el ordenamiento
español.
85. ¿Qué
es el principio de jerarquía?
Es un método de
ordenación de las normas de carácter vertical, atendiendo a criterios de
estricta subordinación de unos poderes normadores a otros, por lo que es una
jerarquía formal.
86. Este
principio no obedece al contenido, pues no existen contenidos superiores o
inferiores, sino únicamente formas jurídicas organizadas jerárquicamente en
términos de supra y subordinación.
87. ¿Qué
sucede cuando una norma inferior es contraria a la norma superior?
Existe una
violación material y al ser violada la norma superior, la norma inferior debe
ser anulada y excluida del ordenamiento jurídico.
88. Criterio
de OTTO sobre la jerarquía formal y la distribución de material
OTTO piensa que
estos son criterios que pueden coexistir en un mismo ordenamiento e incluso en
un mismo nivel jerárquico.
89. ¿En
que consiste el principio de competencia?
Consiste en
atribuir a una clase determinada de normas la regulación de una materia específica.
90. ¿Qué
sucede cuando un órgano se ocupa de la materia que se le ha asignado a otro y
además produciendo una norma que invade la materia?
Tiene causa de
nulidad, pero en todo prevalece la norma del órgano facultado o competente.
91. ¿En
que consiste el principio de la reserva?
En que ciertas
materias solo pueden ser reguladas por cierta clase de normas y no por otras,
sin que ello excluya que esas normas puedan ocuparse de materias distintas.
92. ¿cuándo
hay especialidad procedimental?
Cuando hay
acotamiento de materias, atribución de
estas a tipos de normas distintas y diferenciación de estos tipos de normativos
por medio de sus respectivos procedimientos de elaboración y aprobación.
93. BALAGUER
CALLEJON dice que la constitución asume el rol de fuente del derecho y fuentes
de fuentes, ello se da sobre la base de tres rasgos instintivos, diga cuales
son:
a)
La unidad
b)
La coherencia
c)
La plenitud
94. ¿Porque
dice el autor que la constitución se configura como la primera de las fuentes?
Porque incorpora
al ordenamiento normas, de diferente naturaleza, cuya aplicación está
garantizada jurisdiccionalmente.
95. ¿Cuál
es la función de la constitución en el ámbito territorial?
Formular la
distribución del poder territorial y atribuyen competencias específicas y
concurrentes a los órganos autónomos regionales.
96. ¿Qué
es la costumbre según la doctrina?
Consiste en la
observancia repetida y uniforme de una regla de conducta, cumplida por los
miembros de una comunidad social, con la convicción que responde a una
necesidad jurídica.
97. Requisitos
para que la costumbre tenga efectos jurídicos
a)
Que sea una práctica general, uniforme y
constante o imperar durante un cierto tiempo
b)
Que haya en la comunidad o colectividad la
convicción de su necesidad jurídica.
98. ¿Cuáles
son las dos perspectivas de la costumbre?
La primera como
fuente de derecho
La segunda como
máxima de experiencia.
99. ¿Según
DOMINICI como debe probarse la costumbre?
Con decisiones de
los tribunales o con hechos que hayan formado practica en el comercio.
100. ¿Porque
puede estar la costumbre exenta de prueba?
●
Por admisión de las partes, siempre que no sea
contrario al orden público.
●
Por notoriedad, teniendo que ser absoluta y
general, en cuyo caso se aplica los principios del derecho notorio.
●
Cuando el juez conoce la costumbre, pues en este
caso es deber de él aplicarla, pues forma parte de las fuentes de derecho.
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